Uno de los comentarios realizados por el juez que más nos ha llamado la atención ha sido el referido a las grabaciones del polvo en suspensión producido por la planta de hormigón.
Se trataba de analizar, a través de las pruebas aportadas, si la actividad de la empresa nos afectaba hasta el punto de ser vulnerados nuestros derechos fundamentales, constitucionalmente protegidos.
Dada la rotunda negación por parte de la empresa de producir polvo, nuestro recurso era echar mano de la videocámara y demostrar que no era cierto, dentro de nuestras humildes posibilidades. En los videos, algunos de los cuales os he enseñado, se puede ver como de los silos salen nubes de polvo de cemento que vuelan por la zona.
En palabras del magistrado-juez:"los videos aportados por la actora acreditan la producción de ruido por la actividad de la codemandada, así como la emisión de una sustancia a la atmósfera que no puede identificarse al efecto de determinar si se trata de polvo, como la misma manifiesta, humo, o cualquier otra; sobre tales inmisiones por lo demás no existe ninguna otra prueba acerca de la afectación directa a la vivienda del actor, pues lo cierto es que las imágenes muestran que no se dirigen directamente contra la misma, y el hecho de que pueda verse el origen de la emisión en todas las ocasiones, certifica dicha falta de afectación pues resulta claro que si dichas inmisiones afectasen directamente a la vivienda, ello impediría o al menos nublaría las imágenes captadas en video, lo cual no sucede en ninguno de los casos".
Entendemos la prudencia del juez a la hora de manifestarse en cuanto a la "sustancia"emitida, sobre todo dado los recursos limitados que poseemos. Por supuesto que lo ideal sería contar con informes técnicos que avalasen la composición de las nubes, así como mediciones de la cantidad de partículas en suspensión que afectan a nuestra vivienda, como se realizaron en su momento en el Colegio público, cercano a la planta. Pero me temo que eso está del todo fuera de nuestro alcance, al menos en la actualidad.
Lo que no se puede es teorizar sobre el origen de la "sustancia" y mucho menos sobre su falta de afectación basándose en la claridad de la imagen, como si se tratase de humo de cigarro que alguien te echa a la cara. La sustancia procede de los silos como se puede ver en las imágenes y tratándose de una planta de fabricación de hormigón, no va a ser humo de asar sardinas. Por otra parte, en ningún caso se nublaría la imagen, salvo estar la cámara pegada al foco de emisión. Esa sustancia está en el aire, la respiras, no sé como explicarlo, la ves cuando el sol refleja, como partículas de polvo, te pican los ojos y la garganta e incluso se nota un sabor extraño en la boca, como metálico, no sé por qué. Todo eso no lo refleja la cámara, por supuesto, y está claro que no se puede demostrar, salvo graves problemas respiratorios u oculares, algo que no tenemos.
Lo que no podemos es callarnos y no decir nada, o sentarnos a esperar que los problemas de salud lleguen, ya que el empeño de la empresa en manifestar que no produce polvo, como mínimo resulta sospechoso, porque podrían decir que no es perjudicial, o que no nos afecta, pero negarlo de plano indica como mínimo que bueno no es.
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